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Cambios en las declaraciones de alquileres por parte de no residentes

El reciente cambio en la normativa fiscal española para propietarios no residentes que alquilan propiedades en España simplifica significativamente el proceso de declaración de ingresos por alquiler. Antes de esta reforma, los propietarios no residentes debían presentar declaraciones trimestrales de ingresos por alquiler a través del Modelo 210, pero ahora solo necesitan hacerlo anualmente. Este cambio, que se aplica retroactivamente desde el 1 de enero de 2024, representa un avance considerable en la simplificación de las obligaciones fiscales para los no residentes ya que las rentas de alquiler generadas en el presente año 2024, sólo estarán obligados a declararlas entre el 1 y el 20 de enero del próximo año 2025.

En el caso de que se alquile una propiedad que esté sujeta al régimen del IVA y aquellas de tipo comercial, es necesario que el propietario realice declaraciones de este impuesto de manera trimestral. La ley distingue entre diferentes tipos de alquileres en cuanto a la imposición indirecta. Por ejemplo, los alquileres de terrenos y viviendas que se utilizan exclusivamente para residencia están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Por otro lado, los alquileres de locales comerciales o viviendas que no se destinan exclusivamente a uso residencial están sujetos al IVA. Esta distinción es crucial para los propietarios no residentes, ya que afecta tanto a la carga fiscal como a los procedimientos de declaración.

En lo que respecta a los tipos impositivos aplicables, la normativa general no varía y sigue establecido un tipo del 24% para los ingresos por alquiler. Sin embargo, hay una excepción notable para los contribuyentes residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega o Liechtenstein, donde el tipo impositivo se reduce al 19%. Este diferencial en los tipos impositivos refleja un esfuerzo por armonizar las políticas fiscales dentro del Espacio Económico Europeo.

Además, los propietarios no residentes comunitarios pueden deducir ciertos gastos relacionados con la obtención de ingresos por alquiler. Estos gastos incluyen intereses de financiación, gastos de reparación y conservación, tributos y recargos no estatales, así como costos asociados a servicios personales y la amortización del inmueble. La posibilidad de deducir estos gastos puede influir significativamente en la rentabilidad de las inversiones inmobiliarias en España. Es importante señalar que estas deducciones están sujetas a condiciones específicas y es esencial conocer los detalles para aplicarlas correctamente. Por ejemplo, los gastos por reparaciones y conservación tienen un límite específico, y en el caso de mejoras, se aplican diferentes condiciones.

Otro aspecto importante es la tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en el caso de inmuebles urbanos que no se destinan al alquiler ni están afectos a actividades económicas. Los propietarios de estos inmuebles están sujetos a una renta imputada basada en el valor catastral del inmueble. Este aspecto de la legislación fiscal incide directamente en la gestión patrimonial de los no residentes que poseen propiedades en España, pero no las alquilan.

En conclusión, el nuevo régimen fiscal para propietarios no residentes en España representa un cambio bienvenido y necesario, que simplifica los trámites y puede reducir la carga fiscal para muchos inversores extranjeros. Este cambio también subraya la importancia de contar con asesoramiento fiscal especializado, dado que la correcta aplicación de estas normas puede tener un impacto considerable en las obligaciones fiscales y la rentabilidad de las inversiones inmobiliarias en España.

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